Convocatorias
Premio Alfonso Rivera
Premio Francisco Gómez Mont
Premio Salvador Zubirán
Protocolos de Investigación
Convocatoria Vicepresidencia SMNE
Trabajos Libres
Requisitos para Aval de eventos académicos SMNE
Para obtener el aval de la Sociedad Mexicana de Nutrición y Endocrinología, A.C. (SMNE) se deberán llenar los siguientes requisitos:
- Llenar la solicitud de aval en el formato oficial anexo.
- El profesor titular del curso deberá ser un socio activo de la SMNE.
- En el programa del curso se deberá incluir al menos a un profesor adjunto que sea un socio activo de la SMNE.
- El contenido deberá estar actualizado. En caso de nuevos tratamientos, se deberá contar con la aprobación de organizaciones internacionales que regulan su administración.
- Los puntos curriculares serán otorgados de acuerdo a la duración del evento académico.
- Se deberán otorgar becas a miembros de la SMNE, 50% en cursos que se lleven a cabo en instituciones pública de salud y 20% en cursos de la industria farmacéutica o instituciones de salud privadas.
- Se deberá solicitar el aval del evento académico con al menos 1 mes de anticipación.
- Se deberá enviar el programa definitivo del evento académico para su evaluación sin modificación después de haberse recibido.
- La constancia deberá incluir el logo de la SMNE, el título, la duración y el valor curricular del curso.
- Se deberá especificar los requisitos para el otorgamiento de la constancia con el AVAL de la SMNE a los asistentes de los eventos académicos.
- Se deberá generar evidencia para proceder al otorgamiento de constancia sólo a quienes se hayan inscrito al evento, hayan registrado por lo menos un 80 % de asistencia al tiempo programado, y hayan aprobado satisfactoriamente la evaluación con calificación mínima de 8/10.
- En el caso de solicitudes de aval que aspiren a una exención de pago, es imperativo informar sobre cualquier forma de apoyo procedente de la iniciativa privada destinado a la realización del evento. La Comisión de Enseñanza de la SMNE evaluará la pertinencia de conceder dicha exención. Adicionalmente, para eventos de carácter lucrativo, se establecerá una contribución obligatoria en becas que refleje el 10% de la capacidad esperada de asistentes. La omisión en el reporte de esta información, así como el incumplimiento en la contribución estipulada, serán sujetos a sanciones específicas para los organizadores, el cuerpo docente y/o los encargados de la gestión del aval, conforme a las regulaciones establecidas.
- Para los eventos candidatos a exención de pago para el Aval de la SMNE, el otorgamiento de becas deberá ser promovido por los organizadores del evento sin la participación de instituciones privadas.
